Viernes 29 de Marzo de 2024

LOCALES

3 de septiembre de 2020

FASE 2: Restricción total para circular en todo el territorio provincial en el horario comprendido entre las 20 horas y las 7 horas

El retorno a Fase 2 del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio empezará a regir a partir de las 20 horas del jueves 3 de septiembre y por tiempo indeterminado hasta nueva decisión de las autoridades.

El COE Catamarca informa que el Poder Ejecutivo emitió el decreto por el cual se dispone el regreso a la Fase 2 para todo el territorio provincial con una serie de medidas para evitar brotes masivos de contagio de COVID19. 

 

El retorno a Fase 2 del Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio empezará a regir a partir de las 20 horas del jueves 3 de septiembre y por tiempo indeterminado hasta nueva decisión de las autoridades. 

 

En primer término, el decreto dispone la restricción total para circular en todo el territorio provincial en el horario comprendido entre las 20 horas y las 7 horas de cada día subsiguiente. De esta disposición están exceptuados quienes estén habilitados para trabajar en esa franja horaria y dispongan del permiso necesario para hacerlo. Cabe destacar que en los controles policiales y camineros se deberá acreditar fehacientemente la identidad, relación laboral y el horario de trabajo.  

 

En segundo término, se prohíbe en toda la provincia: 

 

a) Eventos culturales y recreativos en espacios públicos o privados.  

b) Eventos y/o reuniones sociales o familiares en espacios abiertos o cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente. 

c) Práctica de cualquier actividad deportiva a excepción de caminatas, running y ciclismo en grupos de hasta tres personas.

e) Funcionamiento de gimnasios, academias y/o talleres artísticos o culturales

f) Ferias abiertas y cerradas, itinerantes y estables

g) Turismo interno

 

En tercer lugar, los comercios en general estarán habilitados para atención al público de 8 a 20 horas. 

 

Esta disposición también incluye a bares, restaurantes, confiterías y locales gastronómicos.

 

Al ser considerados servicios esenciales, las farmacias y estaciones de servicio (en forma exclusiva para abastecimiento de combustible) están exceptuadas de esta medida horaria. 

 

Cabe destacar que las actividades no enumeradas como prohibidas o restringidas, continuarán funcionando en los términos en que fueron habilitadas oportunamente por el COE y bajo estricto cumplimiento de los protocolos establecidos para cada actividad por el ministerio de Salud de la provincia.

COMPARTIR: