Jueves 28 de Marzo de 2024

LOCALES

28 de junio de 2018

Aprobaron la ley de creación del Primer Hospital Veterinario Público en la ciudad

También se crearán Centros de Atención Móviles, los cuales brindarán asistencia sanitaria gratuita a animales domésticos y callejeros. Asimismo, informaron que planificarán campañas de educación para la protección animal.

Ayer, durante su octava sesión ordinaria, la Cámara de Diputados, presidida por el diputado Fernando Jalil, introdujo modificaciones al proyecto de ley remitido por el Senado, que establece la creación del Primer Hospital Veterinario Público (HVP) y  Centros de Atención Móviles (CAM). El mismo es una iniciativa del senador Jorge Daniel Malnis.

El Hospital Veterinario Público y los Centros de Atención Móviles brindarán asistencia sanitaria gratuita a animales domésticos y callejeros, cuyos propietarios no puedan hacer frente a los gastos que esta demanda y contarán con la atención profesional en los días hábiles  y los horarios que disponga la autoridad de aplicación, quien además dispondrá de un sistema de guardias en los días inhábiles o feriados.

El Hospital Veterinario Público y los Centros de Atención Móviles ofrecerán además atención en casos de emergencia y de alta complejidad y funcionará bajo la conducción de un veterinario matriculado  designado por el Poder Ejecutivo.

En el Hospital Veterinario Público  podrá recibir la colaboración de personas físicas y/o jurídicas, bajo un sistema que estipule la autoridad de aplicación,  que asegure  la debida trasparencia en el ingreso, administración y disposición de esos recursos.

El Hospital Veterinario Público realizará vacunación antirrábica, desparasitación, esterilización y atención de patologías de baja, mediana y alta complejidad, contando con asistencia veterinaria general gratuita y contará con un Programa de Esterilización quirúrgica, con anestesia, asepsia, curaciones a todo tipo animales domésticos cuyos propietarios no puedan afrontar los gastos de servicios profesionales particulares y para todos aquellos animales callejeros que se encuentren en la vía pública, como forma de control demográfico y fundamentalmente, el cuidado sanitario de estos animales, las que tendrán carácter permanente. 

Los Centros de Atención Móviles, dependerán del hospital y recorrerán en forma rotativa los diferentes departamentos según establezca la autoridad de aplicación. 

No albergarán animales sin embargo, ya que los mismos no son refugio, pero deberán trabajar en forma conjunta con ONGs locales que cuenten con refugios para animales o que trabajen para lograr la adopción de los mismos, buscando lograr la ubicación de animales rescatados de la calle. 

Desde el Hospital Público Veterinario se planificarán campañas de educación para la protección animal, concientización y sensibilización sobre la importancia de la adopción; para escuelas e instituciones públicas, también se desarrollarán campañas a través de los medios de difusión masiva para informar, concientizar y educar en la temática. 

Será autoridad de aplicación de la presente Ley, la Dirección de Zoonosis,  dependiente del Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Catamarca.

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