Viernes 19 de Abril de 2024

LOCALES

30 de junio de 2020

Escándalo en la Justicia catamarqueña: La Corte denunció a dos jueces de Apelaciones por recibir una Coima

Se trata de los magistrados Raúl Da Pra y Juan Pablo Morales, quienes integran el Tribunal de Alzada de la Provincia. En un video, que se viralizó,y fue publicado en exclusiva por LA UNIÓN en su versión digital, se ve a los jueces, supuestamente, recibiendo dinero por parte de un tercero, a cambio de no confirmar una prisión preventiva.

Un hecho de presunta corrupción envuelve a la Justicia provincial. Dos jueces del Tribunal de la Cámara de Apelaciones y Exhorto de la Provincia fueron denunciados, según lo confirmaron a este diario fuentes judiciales consultadas, durante la mañana de ayer, en la Fiscalía General de calle Junin al 600. Según la información a la que tuvo acceso este diario, la presentación fue realizada desde la Corte de Justicia de la provincia, luego de tomar conocimiento del video donde se observa a los magistrados recibiendo, supuestamente, dinero a cambio de una “resolución” favorable.

Siempre según lo que se puede observar en las imágenes del video que se compartió varios medios digitales, el pago del dinero, una suma de doscientos mil pesos, se habría llevado a cabo en el despacho del juez Da Pra. Asimismo, se observa que la misma persona que hace la supuesta entrega del dinero -quien también estaría incurriendo en el delito de cohecho- es quien tomó el video. Y, en base a lo que se dice allí, esta persona, quien entrega el dinero, sería el abogado del hombre a quien, supuestamente, los jueces iban a beneficiarlo revocándole la prisión preventiva y, así, recuperar la libertad.

En el diálogo, que a su vez está subtitulado, se habla de una suma de 820 mil pesos, de los cuales el detenido solo habría conseguido 200 mil. “...yo ya le cobré...” expresa el sujeto que, a posteriori, se observa dar un sobre con lo que, supuestamente, sería el dinero a Morales, en primer término y, luego, a Da Pra. Durante la filmación, se menciona la conocida causa de “los papelitos” y “OUCRA”, como si se tratarán de dos investigaciones en las que también los funcionarios judiciales denunciados habrían tenido algún tipo de intervención. 


Según informaron fuentes de la Fiscalía, la denuncia, que sería por la supuesta comisión de los delitos de cohecho y enriquecimiento ilícito, recaería en la Fiscalía de Instrucción N° 6, de delitos contra la Administración Pública a cargo del Dr. Barros.

Jury y fueros 
Por otra parte, se supo que, en caso de prosperar la denuncia, los magistrados deberían ser sometidos al jury de enjuiciamiento para, en caso de que así se resuelva, ambos funcionarios perder sus “fueros” y así, someterse como cualquier ciudadano al proceso penal correspondientes. Ayer, se deslizó también la posibilidad de que en la presentación, los denunciantes habrían solicitado la orden de detención para ambos funcionarios, la que no se podría concretar en caso de que así se resolviera por contar Morales y Da Pra con fueros. 

Mediante un comunicado, pidieron la detención

“Indignados por los hechos traídos a nuestro conocimiento, todos los cuales afectan la normal y legal administración de Justicia, venimos por el presente a poner en sus manos el material probatorio necesario a fines que, conforme su competencia y función, inicie las investigaciones tendientes a corroborar la comisión por parte de los Dres. Raúl Da Prá y Juan Pablo Morales, de graves hechos de corrupción que encuadrarían, prima facie, en el delito previsto y penado en el artículo 257º del Código Penal Argentino, esto es, el de cohecho pasivo agravado. 
Del material fílmico acompañado surge, de manera clara y evidente, que los mencionados, integrantes de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, esto es, altos magistrados de este Poder Judicial de la Provincia, han recibido una importante suma de dinero en efectivo, en el propio despacho del Dr. Raúl Da Prá, para emitir un fallo en un asunto sometido a su competencia. También, de la filmación acompañada surge que dicha circunstancia (el cobro de dinero a cambio de una resolución favorable) ya se habría verificado en anteriores oportunidades, lo cual era vox populi en el ambiente tribunalicio, desprestigiando así, injustamente, a todos los funcionarios y magistrados del Poder Judicial, que con actos como los denunciados quedan en la mira de la sociedad toda.  


Lo denunciado se agrava aún más pues los Dres. Da Prá y Morales, como miembros de la Cámara de Apelaciones, emiten resoluciones que, en su gran mayoría, se refieren a la libertad ambulatoria de los ciudadanos sometidos a procesos penales y/o la clausura o continuidad de procesos judiciales penales, a la par de resoluciones atinentes a cuestiones patrimoniales anexas a dichos procesos, bastando solo el voto de ambos Camaristas para constituir la mayoría necesaria en cualquier fallo, produciendo así un evidente estado de indefensión que repugna al servicio regular de justicia. 
Por ello, bregamos que la oficina a su cargo actúe con la celeridad necesaria, en aras de la protección del regular funcionamiento de los órganos del Estado, como, asimismo, persiga y castigue los actos de corrupción de funcionarios que, desde hace tiempo, vienen desprestigiando la función judicial ante la sociedad. 
De igual forma, nos vemos obligados a acentuar el hecho que resulta irritante para la institucionalidad y transparencia del Poder Judicial que, justamente sea el Dr. Raúl Da Prá, en su calidad de representante de los Magistrados ante el Consejo de la Magistratura (órgano que tiene importante participación en el proceso de designación de magistrados), uno de los autores de tan inescrupuloso y grave hecho, que constituye una afrenta a todos los que diariamente contribuyen a enaltecer el rol de la Justicia y a los ciudadanos que necesariamente quieren confiar en sus autoridades [...]. 
Por otra parte, nos vemos en la obligación de solicitarle al Sr. fiscal de Instrucción Penal disponga la inmediata detención de los Sres. Camaristas, ello ante la existencia concreta y clara de peligrosidad procesal en los términos del artículo 292º del Código Procesal Penal.

 

FUENTE DIARIO LA UNION

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