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SOCIEDAD
23 de mayo de 2018
El conmovedor caso de "Kiki", que había sido retirado de su hogar de guarda, y quienes lo cuidaron reclamaban que les permitieran adoptarlo.
Un momento de esperanza surgió para una familia solidaria que durante casi dos años cuidó a "Kiki", un niño que hoy tiene 3 años: se reencontrará con el menor gracias a un fallo de la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe. La Justicia ordenó que el menor debe ser restituido al seno de la familia de Sergio Gigliotti y Cristina Morla, que en febrero pasado peregrinó por Tribunales para evitar -sin ningún resultado- que el niño fuera desplazado de su hogar transitorio.
La Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial fundamentó la decisión en el interés superior del menor y criticó "la falta de diligencia" en los procesos de guarda, adopción y custodia de parte de la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez de la provincia. Esta última podrá apelar tal resolución ante la Corte de Justicia de la provincia.
El fallo, que tiene la firma de los doctores Eduardo Sodero, Luciano Pagliano y Armando Drago, entre otros argumentos sostiene que, a riesgo de reiterar "verdades simples u obvias", el caso pone plenamente en juego el mandato convencional y legal de dar primacía al interés superior del niño, "directiva que se torna particularmente exigente cuando se trata de niños que están en su primera infancia, un período esencial para la realización de los derechos del niño pues allí se sientan las bases de su salud física y mental, de su seguridad emocional y de su identidad cultural".
Así, la Sala revocó la medida impuesta por la jueza de Trámites, Susana Romero, que ordenó que el menor continúe con la familia solidaria de San Carlos Centro, una ciudad ubicada 45 kms al oeste de esta capital, donde cohabita un hermano de "Kiki".
Por la última resolución, el nene deberá permanecer bajo la tutela excepcional de la familia Gigliotti-Morla hasta que se inicien los tramites de adopción.
El caso
El caso forma parte de un laberinto judicial iniciado el 5 de febrero del 2018, cuando la magistrada Romero desestimó el pedido del Defensor General que pretendió "hacer cesar los efectos del cambio de alojamiento convivencial del niño", medida que dispuso de la Subsecretaría de la Niñez de la provincia.
El juez Sodero consideró en su voto que "el nuevo examen de admisibilidad del recurso, efectuado con los principales a la vista, me conduce a ratificar dicha conclusión provisoria, atendiendo en particular a la urgente necesidad de proveer a la tutela judicial efectiva de los derechos comprometidos, ante decisiones que exhiben una incidencia crucial en la vida actual y futura del niño, y que ocasionan agravios de difícil o insuficiente reparación ulterior, tornando equiparable a definitiva a la resolución impugnada".