Viernes 29 de Marzo de 2024

LOCALES

21 de marzo de 2018

44 años de la proclamación de la Morena del Valle como Patrona del Turismo

La Virgen del Valle, Patrona Nacional del Turismo, fue encontrada entre 1618 y 1620 en una gruta formada en las lomadas de Choya.

La declaración de la Virgen del Valle como Patrona Nacional del Turismo fue el 20 de marzo de 1974, bajo la Presidencia del Gral. Juan Domingo Perón se emitió el Decreto Nº 856/74.

En la actualidad, miles de fieles peregrinos cada 8 de diciembre o 14 días después de Pascuas concurren en gran manifestación de fe para pedir, agradecer o simplemente venerar a la Virgen Morena.

En las Fiestas Patronales, las calles de la Capital Provinciales conmueven con la llegada de los peregrinos conformando manifestaciones de veneración que se expresan a través de diversas actividades, como caminatas a los lugares de interés religioso que congregan a cientos de devotos, misachicos coloridos al tum tum de las cajas, sentimiento y devoción, en un solo movimiento de paso y oración, de canto y fe.

En el primer domingo de cada fiesta de abril las calles de la ciudad se transforman en un gran desfile gaucho, hombres, mujeres y niños participan de esta muestra de fe y religiosidad, esta cabalgata en honor a Ntra. Sra. Del Valle congrega desde hace 20 años, a una multitud de gauchos.

Los jinetes llegan desde muy temprano a la ciudad de San Fernando del Valle desde los más diversos rincones de Catamarca y provincias vecinas y atraviesan la ciudad pasando por la catedral hacia el Parque Adán Quiroga, lugar en el que comparten la Misa Gaucha y el desfile tradicional de todas las agrupaciones presentes.

El desfile crece año a año y reúne en la actualidad alrededor de 14.000 jinetes que llegan con su fe a adorar a la Madre del Valle, transformando esta cabalgata en toda una experiencia cultural, que habla de un pueblo de profunda religiosidad.

Además, cabe destacar el resto de sus Patronatos, "Patrona del Noroeste Argentino, Patrona de Catamarca, Patrona de la Diócesis de Añatuya y Protectora de la Diócesis de La Rioja, Patrona Nacional del Paracaidismo, Patrona de los Algodoneros del Chaco y Patrona de la Feria Internacional del Turismo”.

 

Nuestra Señora del Valle, Patrona Nacional del Turismo

Decreto N° 856/74

del 20 de marzo de 1974

VISTO:

            El anhelo expresado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Catamarca, interpretando con ello el fervor religioso de su pueblo hacia la Inmaculada y venerada Virgen del Valle, de que sea declarada Patrona Nacional del Turismo, y

CONSIDERANDO:

            Que ese anhelo es fiel reflejo de la profunda esperanza del pueblo catamarqueño a su Virgen Morena;

            Que todo el pueblo argentino es partícipe y solidario en esa comunión espiritual que trasciende el ámbito provincial y se proyecta a toda la República, en demostración cabal del amor que le profesa a la Santísima Virgen del Valle toda la Nación;

            Que esa devoción, fe y esperanza de los argentinos es motivo de tradicionales peregrinaciones hacia la querida Catamarca, cuna de egregios patriotas que lucharon por la patria y contribuyeron con su sacrificio a construir nuestra nación libre y digna;

            Que a través de las festividades que se originan en la devoción a la Virgen del Valle, se abrió un amplio, importante y cada vez más creciente desarrollo turístico en la provincia de Catamarca;

            Que ese desarrollo amalgama, en conjunción ideal, a la profesión de fe y al deseo de conocer y contemplar las bellezas de la tierra nativa, gozar de su clima y de la proverbial hospitalidad lugareña;

            Que el Gobierno Nacional, haciéndose intérprete del sentimiento popular estima necesario, adecuado y justo refirmar la adhesión a la Inmaculada Virgen del Valle y asimismo destacar la importancia y trascendencia que esa vocación espiritual volcó en el desarrollo del turismo interno e internacional;

Por ello

El Presidente de la Nación Argentina

Decreta

Artículo 1°.- Declara: Patrona Nacional del Turismo a la Inmaculada Virgen del Valle de Catamarca.

Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Bienestar Social.

Artículo 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

 JUAN DOMINGO PERÓN - Presidente

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