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22 de Noviembre de 2024
DEL INTERIOR
25 de enero de 2016
La Fiscalía de la Municipalidad de Fray M. Esquiú informó que en virtud de lo establecido en el artículo 42° de la ordenanza 1090/14, las personas que deriven aguas servidas a la vía pública, sean de origen domestico o de riego serán pasibles de ser sancionados con multas.
Según se dijo, las multas van desde los $300 a los $ 2.500 de acuerdo a la gravedad del daño provocado en espacios públicos o de terceros.
Asimismo, se informa que en casos de reincidencia el monto de las multas se incrementará en un 100% por cada una de ellas.