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POLITICA
21 de septiembre de 2015
El Diputado Nacional presentó dos proyectos de ley que apuntan a brindar jerarquía constitucional a la lucha contra la corrupción establecida en sucesivas convenciones internacionales.
El legislador, a través del primero de los proyectos, pretende que se otorgue jerarquía constitucional en los términos del artículo 75°, inciso 22° de la Constitución Nacional, a la "Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción”, adoptada en Nueva York, Estados Unidos de América, el 31 de octubre de 2003 y aprobada por nuestro país mediante Ley N° 26.097.
Y en la segunda iniciativa, propone que se otorgue jerarquía constitucional en los términos del artículo 75°, inciso 22° de la Constitución Nacional, a la "Convención Interamericana contra la Corrupción”, firmada en la Tercera Sesión Plenaria de la Organización de Estados Americanos celebrada el 29 de Marzo de 1996 en Caracas, República Bolivariana de Venezuela, y ratificada por nuestro país mediante Ley N° 24.759.
Los dos proyectos de ley tomarán estado parlamentario mañana en la Cámara de Diputados de la Nación.
"A título personal, estimo que luego del decurso de más de treinta años de la plena vigencia de la Constitución y del derecho, existe en nuestra sociedad la percepción generalizada de la corrupción, como una práctica endémica al interior del Estado Argentino, y de los estados subnacionales, tanto provinciales como municipales, cuestión que debemos rescatar de la agenda social y colocarla como prioridad en la agenda política.
Todos sabemos que el incremento de la corrupción y la percepción de la ciudadanía en torno a la clase política que se ve arrastrada por hechos de corrupción, se erigen en una cápitis diminutio para el sistema democrático mismo, y por ende, en un estado de impunidad creciente, en perjuicio de la calidad de vida de los ciudadanos, si es que no existen señales claras del propio sistema político, para poner un freno a ese estado de cosas”, fundamentó Brizuela del Moral.
Precisó el legislador catamarqueño que diversas situaciones se dan en diferentes países del orbe, que grafican un problema del cual Argentina no está exenta. "Sólo a título de ejemplo para parangonar la situación de nuestro país, basta sólo con repasar lo que la decidida actuación de una Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala -con la participación de un Comisionado de Naciones Unidas- ha provocado: la renuncia y detención de una ex Vicepresidente y el enjuiciamiento del Presidente de esa Nación, Otto Pérez Molina, quien ha presentado su renuncia al cargo recientemente, acusado de hechos de corrupción en su gestión al frente de esa nación centroamericana, Comisión Internacional cuyo andamiaje pretende ser montado en otras naciones centroamericanas como Honduras y El Salvador y que muy bueno sería, pudiese instalarse también en la Argentina”, propone Brizuela del Moral.
"De allí, que sin entrar de lleno en el análisis acerca del funcionamiento de los diversos estamentos y organismos que debieran actuar decididamente en la materia -Oficina Anticorrupción, Sindicatura General de la Nación, la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas o la propia Defensoría del Pueblo, cargo que se encuentra vacante desde 2009-, compartimos en primera instancia ‘las amenazas que plantea la corrupción para la estabilidad y seguridad de las sociedades, al socavar las instituciones y los valores de la democracia, la ética y la justicia y al comprometer el desarrollo sostenible y el imperio de la ley’, tal como lo expresa en sus considerandos la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, aprobada por Argentina mediante Ley N° 26.097, y cuyo texto proponemos elevar a rango constitucional merced al presente proyecto de ley, pues nadie puede discutir que la impunidad y la corrupción afectan los derechos humanos de millones de ciudadanos que ven menguados sus derechos, en orden al usufructo de unos pocos, sobre los bienes públicos destinados al servicio de todos”, puntualizó.
Indicó además que, "sin ánimo de entrar en el debate acerca de la situación sobre la materia en la última década -sobre lo que podría explayarme largamente-, que nos llevaría a una disputa inconducente a partir de las irreductibilidad de las posiciones de quienes celebran el ‘modelo’, y de los millones de argentinos que padecen la consecuencia del mismo –incluyendo las alarmantes señales de corrupción en diversos estamentos del Estado en todos sus niveles, incluso en la esfera electoral, como hemos visto en los casos de Buenos Aires, Tucumán, Catamarca y otros-; creo que el abordaje de esta problemática y la sanción de una norma como la que propongo por vía de ésta iniciativa, ante la gravedad del problema, exige además, vertebrar por cuerda separa canales que habiliten la decidida participación de la sociedad civil en la prevención y lucha contra la corrupción, ante organismos públicos inoficiosos como he señalado precedentemente, que han sido invisibilizados por la actual gestión del Gobierno Nacional. Y de igual modo abordar la cuestión de la corrupción, exige una renovación de posiciones y un decidida actitud por parte del Poder Judicial argentino, tanto federal, como de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que deje de declamar autonomía e independencia respecto de los otros poderes, y actúe en consecuencia de las responsabilidades que han sido puestas en cabeza de dicho Poder, tanto por la Constitución Nacional como por las constituciones de los estados subnacionales”, argumentó Brizuela del Moral.