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NACIONALES
18 de octubre de 2020
La Corte Suprema fallará a los jueces desplazados,pero el tribunal podría poner condiciones para los traslados a partir de ahora.
Los ministros de la Corte Suprema de Justicia estarán trabajando a destajo sobre la resolución que darán a conocer en algún momento de esta semana, a través de la cual rechazarán el desplazamiento de los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli, concretado por el oficialismo en el Consejo de la Magistratura y el Senado.
En el máximo tribunal no hay dudas de que los jueces deben regresar a las sillas a las que habían sido trasladados en 2018, por una resolución del Consejo ratificada por los votos de tres de los jueces de la Corte: Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda.
Aquel OK a los traslados dentro del mismo fuero y jurisdicción en que se firmó en respuesta a un pedido específico del ministro de Justicia Germán Garavano, luego de que la Corte rechazara la transformación de un Tribunal Oral en lo Criminal porteño -que juzga delitos penales ordinarios- en un Tribunal Oral Federal, que desde la avenida Comodoro Py juzga causas por corrupción y narcotráfico.
Hoy por hoy, es un hecho que Lorenzetti, Rosatti y Maqueda ratificarán aquella posición. Pero bajo un absoluto hermetismo en estas horas analizan si en la nueva sentencia sólo se referirán a los casos de estos tres jueces con una decisión lacónica y sin detalles, o si en cambio también establecerán guías y condiciones precisas para convalidar los traslados de jueces.
La cuestión es muy delicada, y excede el ticket de Bruglia, Bertuzzi y Castelli: ¿cuáles son los límites para los traslados de magistrados sin tergiversar la Constitución? ¿Cómo salvaguardar las garantías de los jueces al frente de sus juzgados y las de quienes acudirán a ellos, sin temer que les armen un tribunal “a dedo”? ¿Cómo evitar que los sucesivos gobiernos se lancen a un festival de traslados para dibujar una justicia a medida? Lorenzetti, Rosatti y Maqueda sopesan cada gramo que cae de su lapicera.
Sus colegas Carlos Rosenkrantz y Elena Highton también trabajan sobre sus votos. El titular de la Corte escribe y edita bajo la máxima reserva. La vice medita si adherirá al voto mayoritario o expresará alguna pincelada propia.
Ambos están en la mira del gobierno. Quizás no tanto por lo que digan ahora, sino por lo que escribieron el 15 de marzo de 2018 en la Acordada 4, cuando votaron en minoría aceptando el traslado completo del Tribunal Oral Criminal 10 para convertirlo en el TOF 9.
Rosenkrantz y Highton recordaron que no se requieren nuevas designaciones cuando el juez de una cámara integra otra cámara distinta. “Tampoco se requiere una nueva designación en el caso de los magistrados jubilados, quienes conservan el ‘estado judicial’, y podrán ser llamados a ocupar transitoriamente en los casos de suspensión, licencia o vacancia, el cargo que desempeñaban u otro de igual jerarquía”.
Para los ministros, “estos magistrados jubilados están habilitados para ejercer funciones jurisdiccionales distintas que aquellas para las que fueron designados, sin necesidad de un nuevo procedimiento de designación, precisamente porque todos los jueces nombrados por el procedimiento establecido en la Constitución, independientemente del juzgado para el que han sido designados, adquieren ‘estado judicial’ con su primera designación”. Recordemos los nombres de algunos jueces federales jubilados recientemente: Norberto Oyarbide, Jorge Ballestero, Rodolfo Canicoba Corral.