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NACIONALES
23 de julio de 2020
El diputado Luciano Laspina solicitó información a la AFIP para que lo mantenga actualizado sobre el estado de presentación de quiebra de Oil Combustibles
El diputado de Juntos por el Cambio Luciano Laspina solicitó a la AFIP que informe sobre el estado de la presentación de la quiebra de Oil Combustibles de Cristóbal López, en las próximas 48 horas.
“El proyecto del oficialismo se trata de dos leyes: una de moratoria -en la que todos coincidimos- y una ley de amnistía, que es un traje a medida de las necesidades judiciales de Oil Combustibles”, aseguró Luciano Laspina.
“Queremos información sobre el estado de la presentación de Oil Combustibles para el avenimiento de la quiebra. Porque estaba a punto de liquidar activos por $ 100 millones de dólares con la AFIP como principal acreedora y con esta moratoria (la AFIP) cobraría en 10 años los que podría cobrar inmediatamente”, se quejó Laspina, quien advirtió sobre el “perjuicio para la hacienda pública”.
La carta, que fue presentada ante el presidente de la comisión de Presupuesto, Carlos Heller, se refiere principalmente al artículo de la nueva moratoria que incorpora a los quebrados sin continuidad de actividades.
“La novedosa incorporación de este artículo resulta por demás llamativa a la luz de la causa relativa a la fallida empresa OIL Combustibles. Considerando que en enero de 2020 la empresa presentó ante la AFIP una solicitud de avenimiento falencial manifestando su voluntad de acogerse a un plan de facilidades de pago para cancelar la totalidad de sus deudas tributarias verificadas en el concurso: $6.739.449.633; en la quiebra: $1.507.702.128,96, y pendientes de resolución el reclamo: $ 3.548.496.183,40”, señala el texto y recuerda que en marzo de 2020, “el Servicio Jurídico de AFIP dictaminó que el pedido debía ser rechazado en virtud del procesamiento de los Sres. Cristóbal López y Fabián De Sousa por delitos de defraudación y que, como consecuencia, sólo estarían en condiciones de adherir al plan general de DOCE (12) cuotas previsto para concursados y fallidos procesados penalmente”.
A raíz de esto, exigen “requerir a las autoridades de AFIP un informe respecto de los casos actualmente en trámite que se encontrarían alcanzados por este inédito beneficio y al mismo tiempo solicitar la opinión fundada por escrito de ese organismo respecto de la evaluación jurídica de los costos y/o beneficios para la Hacienda Pública”.
En el término de 48 horas, piden que el organismo responda: cuál es el estado de la presentación efectuada por OIL Combustibles; la fecha –de existir- en que ese organismo emitió una resolución en relación al pedido de avenimiento efectuado por la empresa; el estado del trámite dado al pedido de avenimiento planteado por la fallida; la respuesta al requerimiento efectuado por el juez de la quiebra respecto al estado del trámite mencionado en el punto anterior; adjunte una opinión fundada respecto a la conveniencia o inconveniencia para las arcas del Estado Nacional de la incorporación de los quebrados sin continuidad de actividades entre los beneficiarios de la moratoria; y un listado del número de expedientes judiciales suceptibles de ser alcanzados por el beneficio mencionado y los montos involucrados.
Además de la inclusión de los quebrados, la nueva moratoria permite regularizar las deudas correspondientes al Impuesto a los Combustibles Líquidos y el Impuesto al Juego, dos ítems que no estaban en la moratoria aprobada en diciembre.