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22 de Noviembre de 2024
POLITICA
9 de junio de 2015
Los artículos vetados se refieren a la fecha de convocatoria y el financiamiento para la impresión de las boletas electorales. El proyecto pasa a la cámara de diputados.
El Senado de la provincia aprobó esta mañana en sesión especial el veto a los artículos 15 y 34 de la ley de las PASO provinciales propuesto por el Ejecutivo provincial.
La aprobación fue por unanimidad de los 14 senadores presentes en la sesión convocada por el vicegobernador Dalmacio Mera.
El proyecto pasará ahora a la cámara baja.
Los artículos vetados
El Gobierno vetó el artículo 15 de la ley aprobado en la Legislatura. Ese artículo establecía que las PASO serán convocadas por el Poder Ejecutivo Provincial y fijaba como fecha 90 días antes del acto eleccionario general. Este punto abría la posibilidad de desdoblar las elecciones PASO.
En su momento, el asesor general de Gobierno, Miguel Figueroa Vicario, dijo que fue necesario vetarlo para que no entre en contradicción con el artículo 40 que permite convocar en forma simultánea con las primarias nacionales porque en realidad la fecha del 9 de agosto representa 77 días antes de la elección general.
Por otra parte, se vetó el artículo 34, que establecía que la Ley de Presupuesto General de la Provincia debe prever para el año en que se realicen las PASO un monto para la impresión de boletas electorales a distribuir entre las agrupaciones políticas. En este sentido, Figueroa Vicario había señalado que no habrá financiamiento para la impresión de las boletas porque la misma Legislatura no aprobó el presupuesto para este año y la previsión para las Primarias.
Como reemplazo del artículo 15, el Ejecutivo propone el siguiente texto: "Las elecciones Primarias y las elecciones Generales serán convocadas por el Poder Ejecutivo Provincial, fijándose la fecha de las PASO, con una antelación no menor a 60 días del acto eleccionario general". Mientras que, como artículo 34, se propone: "La ley de Presupuesto General de la Provincia debe prever para el año en que se realicen las PASO un monto para la impresión de boletas electorales a distribuir entre las agrupaciones políticas que oficialicen candidaturas. La ausencia de previsión presupuestaria obstará el otorgamiento de tales recursos".
FUENTE: El Ancasti