Miercoles
27 de Noviembre de 2024
GREMIALES
3 de mayo de 2018
En la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca a los 26 días del mes de abril de 2018, siendo las 11.00 se reúnen las partes que a continuación se detallan: por el Gremio de la Sanidad A.T.S.A. el Secretario General Dr. José Leonardo Burgos D.N.I. 11.692.120 y demás miembros de la Comisión Directiva y cuerpo de delegados y por el Gobierno de la Provincia de Catamarca el ministro de Salud Dr. Figueroa Castellano Ramón Adolfo, Salud Pública Dra. Palladino Claudia María DNI N° 17.726.932., la subsecretaria de Medicina Asistencial, Lic. Mariela Vázquez, la subsecretaria de Planificación en Salud Dra. Analía Brunner, el subsecretario de Salud Mental, Lic. Matías Terán, directora de Asistencia Sanitaria, Dra. Manuela Ávila y demás directores generales y asistenciales de establecimientos de Capital y del Valle Central; el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas C.P.N. RICARDO SEBASTIÁN VÉLIZ D.N.I. 30.207.358 y el viceministro de Salud C.P.N. Luna Ariel.
Se ratifica en todos sus términos las actas celebradas el día 14-02-2018, el 23-03-2018, transcribiéndose los puntos siguientes: Acta del día 14-02-2018.
1) La asociación sindical manifiesta expresamente el pedido del recupero de gastos que los trabajadores del sector de la salud pública deben percibir por el pago de las obras sociales por prestaciones medico-asistenciales, que se reformule la normativa y que dichas liquidaciones sean mensuales con mayor atención para la capacitación y distribuida en todos los trabajadores dependientes del ministerio de Salud.
2) En el marco de las normativas Legales Vigentes y teniendo en cuenta la excesiva demora y pérdida de oportunidades a los trabajadores, que habiendo cumplido ciclos de tecnicaturas o profesionalizaciones y que la Ley los ampara para el cambio de situación presupuestaria, se encuentra en una demora injustificada que en algunos casos llega a los 10 años sin que el Estado repare esos perjuicios que con mucho sacrificio logran superarse, no solo para mejorar la calidad en el desempeño de sus funciones, sino incrementar sus haberes en el marco legal correspondiente. AI respecto se tendrá celeridad a las cuestiones que se enmarquen en el presente acuerdo, resolviéndose conforme a derecho.
3) En el marco de 16s acuerdos inter-institucionales entre el ministerio de Salud de la Provincia y la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina A.T.S.A. Se acuerda que para el dictado de la profesionalización y/o capacitaciones, el ministerio de Salud facilitará las instalaciones con las que cuenta el Ministerio en el territorio provincial, aulas, auditorios, etc.; siempre y cuando no afecte el normal desenvolvimiento en dichos establecimientos.
4) También se acuerda dado la exigencia institucional del uso de uniforme adecuado, facilitar a través del ministerio de Salud la indumentaria para todo el personal de dicho Ministerio, que se realizará los pedidos, a través de los directores conjuntamente con los Delegados Gremiales, por medio de PRODUCAT se provea dicha indumentaria.
Acta del 23-03-2018 se transcribe los puntos:
Primera: Acordar por única vez una Suma Fija de carácter No Remunerativo y No Bonificable de Pesos Mil Quinientos ($1.500,00) para el Personal perteneciente a la Carrera Sanitaria, con los haberes del mes de Marzo de 2018.
Segunda: Acordar por única vez una Suma Fija de carácter No Remunerativo y No Bonificable de Pesos Mil Quinientos ($1.500,00) para el Personal perteneciente a la Carrera Sanitaria, con los haberes del mes de Abril de 2018.
Tercera: Lo acordado en los párrafos anteriores se aplica también al Personal de la Carrera Sanitaria comprendido exclusivamente en los ARTÍCULOS 47° a 51° de la Ley 5161 Del Sistema de Guardias. Esta suma será proporcional para el personal que realice menos de Noventa y Seis (96) horas mensuales de Guardias.
Y además se designa a 6 (seis) empleados del ministerio de Salud y Economía para el seguimiento de los expedientes que tengan que ver con situaciones de los trabajadores, cualquiera sea su índole. El Dr. Luis Gribauldo y El Sr. Roque Sueldo por el Ministerio de Salud, los Cros. Emilio Castillo y Gustavo Mandatori por A.T.S.A., por el ministerio de Hacienda y Finanzas los señores Misael Aybar y Cristian Martínez. Seguidamente se acuerda el siguiente incremento según las cláusulas siguientes:
PRIMERA: Acordar el blanqueo de los adicionales no remunerativos dispuestos por Decretos Acuerdos N° 1801/08, 772/13 y 2423/14 y unificarlos con el adicional remunerativo Bonificación Especial (cod 50 en recibo de haberes) fijando el mismo en los siguientes valores por Grupo; A $2.950,00, B $3.500,00, C $3.500,00 y D $3.180,00. Para el caso de las Guardias Médicas se acuerda blanquear el complemento no remunerativo dispuesto por Decreto Acuerdo N° 2423/14.
SEGUNDA: Incrementar el valor del punto índice de la Carrera Sanitaria Ley 5161 en un 17,5%. El incremento acordado en el párrafo anterior se aplicará en dos (2) cuotas: Diez por Ciento (10%) a partir del 1° de Mayo de 2018, y Siete por Ciento (7,5%) a partir del 1° de Julio de 2018, resultando el valor de $5,83 desde 1° de Mayo y $6,23 desde el 1°de Julio de 2018.
TERCERA: Establecer que si la inflación correspondiente al periodo Abril/Diciembre de 2018 supera el 17,5% de acuerdo a la medición del Índice de Precios al Consumidor Nivel General del INDEC, se realizará una actualización automática de haberes a partir del mes de haberse hecho público el mencionado índice, efectivizándose el incremento a dicha medición. Sin más por tratar se da por finalizada la presente firmándose tres ejemplares del mismo tenor y al efecto de que se solicite la ratificación por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Catamarca.