Jueves 18 de Abril de 2024

10 de agosto de 2019

Qué pasa si no vas a votar mañana y cómo se paga la infracción

El sufragio es obligatorio para mayores de 18 y menores de 70 años.

Todos los ciudadanos mayores de 18 años y menores de 70 tienen el deber irrenunciable de votar mañana en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO). El sufragio es secreto, universal y, sobre todo, obligatorio. Quien no asista a las urnas deberá justificar su ausencia o pagar una multa, que va desde los $ 50 hasta los $ 500.

La Justicia Nacional Electoral habilitó el portal www.infractores.padron.gob.ar para que los electores consulten si figuran como transgresores en comicios anteriores. En el sitio también se puede regularizar la situación o emitir el comprobante por haber sufragado.

Con solo ingresar el DNI es posible ver la actividad cívica de un votante de las últimas dos elecciones nacionales, en todas sus instancias: PASO, primera vuelta electoral y balotaje.

 

De figurar como infractor en alguna de las cinco instancias electorales anteriores, el elector tiene dos opciones: pagar la multa o efectuar un reclamo.

Las ausencias pueden justificarse en caso de haber estado a 500 kilómetros del lugar de votación, residir fuera del país, haber extraviado el documento, estar impedido por motivos laborales, de salud o por el cuidado de un familiar enfermo. En todos los casos se debe tener una constancia que acredite dicha situación y justificar la ausencia dentro de los 60 días posteriores a la elección.

En caso de estar en el exterior, se debe conseguir el certificado en el Consulado Argentino más cercano. De no poder hacerlo, al regreso del viaje, se puede realizar el trámite ante la Cámara Nacional Electoral o ante la Secretaría Electoral de su lugar de votación (en Tucumán, Las Piedras 418, Piso 1°), siempre hasta 60 días después de la elección. La misma situación rige para el caso de enfermarse, por lo que se deberá llevar el certificado médico.

Para justificar la ausencia es necesario llevar el documento de identidad y, en caso de haber viajado al exterior y no tener el certificado correspondiente, llevar los pasajes o el pasaporte con los sellos de ingreso y salida del país.

Si el votante no justificó su ausencia en las últimas elecciones a nivel nacional, la única alternativa para salir del registro de infractores es pagar la multa. El monto de la infracción se puede cancelar en el Banco Nación, en un Pago Fácil o en Rapi Pago con la boleta emitida por el Registro de Infractores.

Quienes aparecen en el “padrón infractor” y no abonan la multa, no podrán realizar “trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales”, de acuerdo con el Código Nacional Electoral, ni tampoco “ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección”.

Todo esto no impide, sin embargo, poder votar en las próximas elecciones nacionales.

BUSCÁ EL DNI

El Registro Civil abrirá hoy y mañana

El Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la provincia programó un dispositivo especial para la entrega de Documentos Nacional de Identidad (DNI), en las en vísperas de las elecciones primarias. Todas las sedes del Registro Civil, tanto en la capital como en los distintos municipios, abrirán hoy y mañana de 8 a 17, en horario corrido. La directora del organismo, Carolina Bidegorry, remarcó que el trámite es personal en la sede donde fue tramitado, con la constancia y, en el caso de haber sido extraviada, con la denuncia policial. “No se puede entregar el DNI a ningún pariente”, dijo.

CONSULTA

Cómo saber si estás afiliado a un partido político

Para saber si estás afiliado a un partido político debés ingresar al sitio del Registro de Afiliados de la Cámara Nacional Electoral (https://www.padron.gov.ar/cne_afiliados/). De formar parte de un espacio político y querer renunciar, tenés derecho a enviar desde el correo un telegrama gratuito dirigido a la Secretaría Electoral del Distrito que corresponda. Una vez que se recibida la renuncia a la afiliación, el Juzgado Federal con competencia electoral deberá darla de baja y comunicarlo al partido político correspondiente. También es posible renunciar sin informar a qué partido se está afiliado.

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