Sábado 27 de Julio de 2024

4 de agosto de 2019

Cuántos tipos de votos existen y por qué no podemos impugnar el nuestro

El próximo domingo 11 de agosto van a tener lugar en todo el país las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias para elegir quiénes serán los candidatos a presidente y vicepresidente.

El Código Electoral Nacional y despejó dudas con la Cámara Nacional Electoral (CNE) para dejar en claro cuántos tipos de votos existen y qué significa realmente que un voto es impugnado.

Nuestros votos son válidos cuando en el sobre metemos:

boletas oficiales.
dos o más boletas oficiales del mismo partido y categoría de candidatos (en este caso, se cuenta una sola y se destruye el resto).
boletas oficiales tachadas con agregados o sustituciones de candidatos pero NO en su encabezado (la parte donde figuran el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir).
Esa última parte de las boletas tiene que estar intacta porque según la CNE marca la voluntad del elector.

Además, también es válido cortar boleta e incluir en el sobre boletas oficiales de distintos partidos para distintos cargos.

Los votos nulos, en cambio, son los que adentro del sobre incluyen:

boletas no oficiales.
papeles de cualquier color con inscripciones o imágenes de cualquier tipo.
boletas oficiales tachadas o rotas en su encabezado.
dos o más boletas oficiales de la misma categoría de candidatos pero de diferentes partidos.
boletas con inscripciones de cualquier tipo que no sean las incluidas en los votos válidos (o sea, tachaduras de candidatos con agregados o sustituciones).
cualquier objeto que no sea una boleta (como una estampita).
Para votar en blanco podemos meter un sobre vacío en la urna o incluir dentro del sobre un papel blanco o de cualquier color pero que no tenga inscripciones ni imágenes.

¿Podemos IMPUGNAR nuestro voto?
Los votos los impugnan las autoridades de mesa por voluntad propia o a pedido de un fiscal. Cuando esto pasa nos pueden hacer preguntas sobre los datos de nuestro DNI porque es dudoso, parece trucho o aparece como "desaparición forzada".

Esto no incluye a quienes no aparecen en el padrón, ya que quien no figura ahí no puede votar.

Por otra parte, sin embargo, todo el que aparezca en el padrón y muestre su documento tiene derecho a votar. Por eso es que las autoridades de mesa que decidan impugnar la identidad de un votante van a entregarle un sobre distinto al que usa el común de los votantes. Además pueden tomar las huellas y los datos de esa persona y deben dejar constancia por escrito de todo el hecho.

Para evitar una potencial detención el votante que atraviese el proceso en cuestión tiene que pagar una fianza de $ 150 o conseguir que un vecino -así lo aclara el Código Electoral Nacional- se comprometa personalmente a que ese votante se presente frente a la Justicia si esta así lo requiere.

El bonus. Se le llama recurrido al voto cuya validez o nulidad es cuestionada por algún fiscal. Cuando esto pasa se hace un pedido para que lo revise la justicia electoral y es ella quien decida si ese voto se sumará o no al recuento final.

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