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30 de noviembre de 2017
El Senado aprobó por unanimidad y giró a la Cámara baja un proyecto de ley que modifica el artículo 128 del Código Penal. Plantea penas de cárcel que van desde los tres a los seis de prisión.
Uno de los proyectos presentados,pertenece a Dalmacio Mera (PJ-FpV) dijo que es una medida tendiente a “obtener la efectiva protección” de los derechos de los niños. “Hoy los pedófilos están a medio paso de ser condenados y nuestros niños a medio camino de estar más seguros”, expresó.
Señaló que esta norma “viene a cubrir un vacío legal que no permitía avanzar en la intervención policial contra un eslabón no menor en la cadena de delitos relacionados a la pornografía infantil”. En ese sentido, amplió: “Los que tienen pornografía infantil también la difunden, en muchos casos la producen y ellos mismos son abusadores”.
"Hoy los pedófilos están a medio paso de ser condenados y nuestros niños a medio camino de estar más seguros" dijo el senador.
“Viene a cubrir un vacío legal que no permitía avanzar en la intervención policial contra un eslabón no menor en la cadena de delitos relacionados a la pornografìa infantil”, agregó el legislador por Catamarca.
“Los que tienen pornografía infantil también la difunden, en muchos casos la producen y ellos mismos son abusadores ”, aseveró Mera fundamentando el porqué de la necesidad de implementar también el castigo de la tenencia de este material. El proyecto modifica el articulo 128 del Código Penal.
La cuestión vinculada a la pornografía infantil constituye una grave problemàtica social. En nuestro paìs se registran entre 15 y 20 casos diarios, y hubo , en 2015, 3168 denuncias radicadas sòlo en el ámbito de la Capital Federal.
El proyecto que obtuvo media sanción es coherente con los pactos internacionales firmados por Argentina, en particular la Convención de los Derechos del Niño, y pone la jurisdicción del país en línea con diversos países como España, México y Uruguay que ya sancionan la simple posesión de material pedo-pornográfico.
“La justicia necesitaba de esta herramienta para actuar en temas tan importantes como el de la pornografía infantil, donde nuestro país figura entre los mayores consumidores”, resaltó el mendocino Julio Cobos, uno de los propulsores de la norma.
Y agregó: “Los senadores consideramos que la tenencia de pornografía infantil perjudica a terceros, con el agravante que estos son niños. Actualmente, nuestro Código Penal en su artículo 128 excluye de responsabilidad al adulto que consume o usa pornografía infantil. Estamos convencidos que los derechos del niño deben primar por sobre las libertades individuales, dado que sí se lesiona la honorabilidad de los menores de edad”.
El legislador radical explicó que la iniciativa “logra la inhibición de la tenencia, cualquiera sea su finalidad, ampliando la sanción al delito. Además, propone que para estos delitos aberrantes no exista la posibilidad de acceder a un trámite abreviado y que el delito no sea excarcelable, por lo cual se establece que la pena mínima sea de tres años”.