Martes 14 de Mayo de 2024

23 de octubre de 2015

Rige la veda electoral: ¿qué se puede hacer y qué no?

Desde las 8 de la mañana del viernes, los candidatos tienen prohibido cualquier acto de proselitismo y promoción. ¿Qué pasa con las redes sociales?

Después de un mes de intensa campaña, los candidatos cerraron ayer sus respectivas campañas y se preparan para tres días de silencio, al menos en los medios tradicionales. LA veda comenzó este viernes a las 8 de la mañana, y prohíbe la realización de actos públicos de proselitismo, así como la publicación y difusión de encuestas y sondeos en todo el país hasta las 21 del domingo, cuando comenzarán a difundirse los primeros resultados oficiales de los comicios.

Qué dice el Código Electoral

El Código Electoral Nacional prohíbe también la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.

Rige la veda electoral: ¿qué se puede hacer y qué no?  

 

Además, durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización se prohíben los espectáculos populares al aire libre como en recintos cerrados; las fiestas teatrales y deportivas, como toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

Al igual que en otras elecciones, se suspenderá el expendio de bebidas alcohólicas a partir de las 0 del domingo, que es la hora en que también se corta cualquier tipo de actividad pública y masiva. En bares o restaurantes tampoco se puede vender alcohol.

También está prohibido durante la veda “la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizadas”.

COMPARTIR: