Viernes 22 de Noviembre de 2024

POLICIALES

23 de septiembre de 2015

ENTRE RIOS: Quiso entrar a una cárcel con droga escondida en la vagina

El Tribunal Oral Federal de esa ciudad ordenó liberar de cualquier sospecha a la chica por considerar que la revisión había sido degradante y no contaba con autorización judicial.

En un polémico fallo judicial, el Tribunal Oral Federal de Paraná ordenó liberar de cualquier sospecha a una joven mujer a la que se le encontró un envoltorio con droga en la vagina, por considerar que la revisión que derivó en el hallazgo había sido degradante para su dignidad y no contaba con autorización judicial.

La noticia fue publicada por el sitio web Página Judicial. Allí se detallan varios párrafos del fallo. "Resulta evidente que la requisa efectuada no estaba destinada a proteger la seguridad del establecimiento carcelario, ni hubiera podido ofrecerse ningún tipo de oposición por parte de la imputada, de apenas 18 años de edad, y frente a funcionarias mayores con la autoridad que la situación y el lugar les brindaba", dice el escrito.

De acuerdo al relato de varias mujeres, familiares de los detenidos en la Unidad Penal 1 de Paraná, Entre Ríos, todos los miércoles y domingos, días de visita en las cárceles entrerrianas, las agentes penitenciarias obligan a las mujeres a desvestirse, agacharse, abrir sus labios vaginales y el ano. Lo hacen, según dicen, para proteger la seguridad del establecimiento carcelario.

El hecho ocurrió el 15 de enero, cuando la chica pretendía ingresar a la UP para visitar a un hermano, que cumple una condena de nueve años de prisión por tentativa de homicidio y robo reiterado, fugado y recapturado.

La mujer fue apartada de la fila por dos agentes penitenciarias y obligada a desnudarse. Le pidieron que se quitara la ropa y, según la versión oficial, cuando se sacó la bombacha se advirtió que dentro de la vagina tenía algo que resultó ser un envoltorio de nylon con diez gramos de marihuana.

La joven no quedó detenida pero terminó procesada por el delito de suministro de estupefacientes a título gratuito y en grado de tentativa, agravado por el lugar de comisión. El expediente llegó al tribunal oral, pero no hubo juicio. Los jueces Roberto López Arango, Lilia Carnero y Noemí Berros consideraron que hubo en el caso una "vulneración del derecho a la intimidad, a la honra y a la dignidad" de la joven que hoy tiene 20 años y, por lo tanto, anularon la requisa vaginal y dispusieron de oficio su sobreseimiento.

El tribunal oral, citando un fallo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, sostuvo que "para establecer la legitimidad excepcional de una revisión o inspección vaginal, en un caso en particular, es necesario que se cumplan cuatro condiciones: 1) tiene que ser absolutamente necesaria para lograr el objetivo de seguridad, en el caso específico; 2) no debe existir alternativa alguna; 3) debería, en principio, ser autorizada por orden judicial y 4) debe ser realizada únicamente por profesionales de la salud". Sin esos recaudos, las requisas vaginales constituyen una medida que "lesiona la dignidad de las personas sometidas a tal procedimiento".

COMPARTIR: