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JUDICIALES
22 de junio de 2017
La Justicia ratificó la sentencia dictada el 3 de febrero pasado por el Tribunal Oral de Jujuy, que pena a la dirigente social a tres años de prisión en suspenso como instigadora y coautora de daño agravado por las agresiones al actual gobernador de la provincia en 2009. Además, revocaron su sobreseimiento por amenazas.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este jueves la condena a tres años de prisión en suspenso para la dirigente social Milagro Sala por "daño agravado" a raíz de un escrache al actual gobernador de Jujuy Gerardo Morales en 2009 y revocó su sobreseimiento por el delito de amenazas, al disponer dictar una nueva sentencia.
La decisión fue de la sala IV del máximo tribunal penal del país que en un fallo unánime confirmó la sentencia dictada el 3 de febrero pasado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy, que condenó a Sala y al María Graciela López a tres años de prisión en suspenso como instigadora y coautora, respectivamente, de "daño agravado", según el fallo de 90 carillas firmado por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani.
"La cuestión que dirime el caso, se edifica en la manera ilegal en la que se desarrolló el escrache que se llevó a cabo en la sede del Consejo de Ciencias Económicas. Dicho escrache se caracterizó, con los alcances de la condena que se examina, en la violencia en las cosas con producción de daños. A ello, se agrega que no se trató de hechos espontáneos sino planteados y organizados" concluyeron los camaristas.
Además los camaristas revocaron el sobreseimiento por prescripción que ese mismo Tribunal oral le dictó por amenazas y ordenó dictar una nueva sentencia por este último delito.
Sala está detenida con prisión preventiva en otras causas en Jujuy.
Los jueces dieron la razón al querellante gobernador de esa provincia, Gerardo Morales, quien había apelado los sobreseimientos dictados por prescripción de la acción penal en lo que se refirió al delito de amenazas contra Sala, López y Salvatierra.
"La decisión de declarar extinguida la acción penal por prescripción y sobreseer a los imputados por los hechos que configurarían el delito de amenazas, no constituye la aplicación razonada del derecho con aplicación a las constancias constatadas en la causa. Por ende, corresponde su descalificación como acto jurisdiccional válido", concluyeron los camaristas.
Por ello ordenó que se envíe la causa penal otra vez al Tribunal jujeño para el dictado de un nuevo fallo "conforme a derecho y a las constancias de la causa".
Sala fue juzgada y condenada por un escrache ocurrido el 16 de octubre de 2009 en el edificio del Consejo de Ciencias Económicas de San Salvador de Jujuy, durante una conferencia en la que participaban Morales, quien por esa fecha era senador nacional, el entonces presidente de la Auditoría General de la Nación Leandro Despouy y un auditor de ese organismo, Alejandro Nieva.
Casación rechazó los recursos presentados por las defensas de los condenados contra la sentencia e hizo lugar al de Morales contra el sobreseimiento en el caso de las amenazas. La última instancia de apelación sería ahora la Corte Suprema de Justicia de la Nación.