Viernes 19 de Abril de 2024

POLITICA

5 de octubre de 2015

El FCS denuncia a la EC SAPEM ante el Juzgado Federal

Los apoderados legales del Frente Cívico y Social (FCS) presentaron una nueva denuncia contra la EC SAPEM ante el Juzgado Federal, con competencia Electoral, por incumplir con la resolución adoptada por el juez Ricardo Moreno el pasado 25 de septiembre, por la cual se obligaba a la energética estatal a retirar el ploteado (con fotografías gigantes) de los camiones de la empresa con la figuras de los principales candidatos del Frente para la Victoria.

Sin embargo, las autoridades de EC SAPEM no retiraron el ploteado electoral de los camiones, aunque sobre el rostro de los candidatos oficialistas Corpacci, Gutiérrez y Jalil, colocaron una circunferencia blanca con las leyendas "Gestión”, "Fuerza” y "Trabajo”, las que forman parte del slogan de campaña del FV. Y se advierte también que continúa exhibiéndose el 80%  de la figura de los mencionados candidatos.  (Ver fotos). 

En la primer denuncia, los apoderados del FCS denunciaron la violación del artículo 64 quater del Código Electoral Nacional por la utilización de empresas del Estado para captar el sufragio del electorado. "Están utilizando los bienes de todos los catamarqueños para hacer campaña, confunden el Estado con la agrupación política, siendo un acto de falta de transparencia en la utilización de los recursos públicos para captar votos”, subrayaron en el planteo formal realizado al juez Moreno.

El pasado jueves 1 del corriente los abogados del frente opositor realizaron una segunda presentación ante el Juzgado Federal con competencia Electoral contra las autoridades de la empresa EC SAPEM, que preside Guillermo Dalla Lasta. "Evidentemente, trasunta la mala fe de las autoridades de la empresa EC SAPEM, las que en forma amañada incumplieron la manda judicial y se burlan de la ley, la Justicia, la oposiciones y de la inteligencia del electorado. Ante la situación pública y notoria del incumplimiento de la norma, se volvió a realizar la presentación el 1 de octubre conforme la fundamentación que antecede, solicitando que el Tribunal aplique el articulo 133bis del Código Electoral”, subrayaron los apoderados legales del FCS.

El artículo 133bis está referido a la publicidad de actos de Gobierno. Especifica que "los funcionarios públicos que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de Gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 que serán pasibles de inhabilitación de 1 a 10 años para el ejercicio de cargos públicos”. 

 

FUENTE: El Ancasti

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