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NACIONALES
20 de julio de 2015
Si bien aún no hay legislación sobre la maternidad subrogada, se los autorizó por “motivación solidaria”
En Argentina ya hay dos casos de maternidad subrogada -lo que se conoce como “alquiler de vientres”- en los que la justicia inscribió al niño como hijo de los padres biológicos procreacionales, y no de la mujer que dio a luz, y en ambas oportunidades fue necesario iniciar una acción legal para rectificar el acta de nacimiento.
La fertilización asistida mediante subrogación de vientre es un tratamiento para aquellas mujeres que no pueden lograr un embarazo por algún problema en su útero o porque su salud corre riesgo en caso de quedar embarazadas.
Si bien esta práctica es comúnmente conocida como alquiler de vientres, en los casos registrados en nuestro país, la mujer que llevó adelante el embarazo lo hizo por una motivación afectiva o solidaria.
“Aunque puede haber una compensación por los gastos o inconvenientes que pueda enfrentar la gestante -explica el especialista en reproducción asistida Sergio Pasqualini- en Argentina hay un vacío legal en relación a este tipo de tratamientos: no está prohibido pero tampoco legislado; sin embargo, hay dos casos que han sentado jurisprudencia”.
El caso más reciente es el de Alma, de 11 meses, hija de Ana Narciso (37) y Leandro Pascal (40), vecinos de la bonaerense Zárate.
La pareja decidió tener su segundo hijo por subrogación uterina luego que ella sufriera una histerectomía -extracción del útero- en el primer parto. Sin embargo, su sistema reproductivo seguía funcionando, por lo que pudieron obtener sus ovocitos y generar un embrión con material genético del marido.
Pero la mujer que llevó adelante el embarazo es una amiga muy cercana, quien se ofreció a hacerlo sabiendo el fuerte deseo de ellos de agrandar la familia.
Según contó Ana, una vez tomada la decisión contactaron a la abogada Fabiana Quaini, quien había llevado el caso de Maica Moraes y Juan De Gregorio, quienes luego de tener una niña con este método, fueron los primeros en el país en lograr inscribir a su hija como propia, proceso judicial mediante.
Quaini, quien es abogada especialista en derecho internacional de familia, luego de asesorarlos sobre los aspectos legales, los derivó a la clínica Hálitus, donde también Moraes y De Gregorio habían hecho el tratamiento.
En el instituto médico, tanto la pareja como su amiga pasaron una serie de pericias psicológicas antes de comenzar el tratamiento, a fin de que éste pueda llegar a término sin inconvenientes.
“El embarazo fue perfecto, y además pude amamantar a Alma, contó Ana, quien explicó que para poder alimentar ella misma a su hija hizo un tratamiento asesorada por la Liga de la Leche Argentina, una organización sin fines de lucro que brinda información y apoyo para que todas las madres puedan amamantar.
En cuanto al aspecto legal, la pareja estaba al tanto de cuáles serían los pasos a seguir y contaban con el primer fallo como antecedente.
“Lo importante de los dos fallos es que crean antecedentes donde la voluntad procreacional y el consentimiento informado de todos los que participan en la gestación prevalece en pos del interés superior del niño y por sobre el esquema de que madre es la que da a luz”, explicó la doctora Quaini, y señaló que se apeló al concepto de “voluntad procreacional”, donde los padres biológicos tuvieron la voluntad y prestaron el consentimiento informado, al igual que la gestante, para que naciera la niña, y donde la gestante solo pretendió llevar el embarazo para su amiga.
Método
Este método es una indicación médica imprescindible para muchas mujeres que no tienen otra manera de ser madres, como las niñas que nacieron sin útero o chicas jóvenes que lo perdieron en una operación oncológica