Miércoles 24 de Abril de 2024

ECONOMIA

12 de mayo de 2020

Ordenan a los bancos que reintegren los débitos indebidos realizados sobre el IFE

El Banco Central reiteró a las entidades financieras que no pueden realizar ningún
tipo de descuento y que reintegren los efectuados en forma indebida a personas
beneficiarias del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) distribuido por la ANSES.

En ese sentido, recordó que el IFE tiene carácter netamente alimentario y, por lo tanto, no corresponde deducirle ningún tipo de concepto, sea por operaciones concertadas con la propia entidad financiera pagadora o con terceros.
Algunos de los ejemplos de débitos que no pueden aplicarse son las cuotas de préstamos otorgados con o sin código de descuento, comisiones o cargos por servicios adicionales a la cuenta contratados por el beneficiario o débitos automáticos para el pago de impuestos, servicios u otros conceptos.

"Habiendo tomado conocimiento a través de denuncias realizadas por los beneficiarios del programa, la Superintendencia de Entidades Financieras dispuso que los bancos deben revertir cualquier tipo de descuento efectuado", aseguró el banco Central en un comunicado de prensa.
Agregó también que la Superintendencia de Entidades Financieras está analizando los
reclamos que se hayan presentado y que, en caso de corresponder, actuará labrando sumarios y disponiendo las sanciones que corresponda en cada caso.

Aquellos beneficiarios de transferencias dispuestas por ANSES que detecten débitos
que no corresponden deberán iniciar el reclamo en la entidad bancaria donde percibe el
beneficio.

También pueden llevar el reclamo a través del BCRA, ingresando al sitio web del banco y, en la solapa "BCRA y Vos", hacer clic en "Reportes", o recurrir a la Dirección Nacional de Defensa al Consumidor (www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor).

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