Jueves 28 de Marzo de 2024

4 de octubre de 2019

Abogados laboralistas rechazan el decreto sobre indemnizaciones

La Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas rechazó la aplicación del DNU que cambia la forma de calcular las indemnizaciones en caso de accidentes o enfermedades de empleados porque es “inconstitucional” y “protege las ganancias de las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART).

La Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas (AAAL) expresó que el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que cambia la forma de calcular las indemnizaciones en caso de accidentes o enfermedades de empleados es “inconstitucional” y “protege las ganancias de las aseguradoras de riesgos del trabajo (ART).

La AAAL rechazó la aplicación del decreto 669/2019 e instó a jueces y “demás poderes públicos” a “ejercer el control de convencionalidad debido” y “cumplir con los estándares de constitucionalidad vigentes sobre accidentes y enfermedades profesionales”.
A la crítica de la AAAL se suma la acción de amparo que ayer presentó el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal contra la implementación del DNU, publicado el lunes último en el Boletín Oficial.

En el comunicado, los abogados laboralistas cuestionaron la norma porque, para actualizar las indemnizaciones desde “la primera manifestación invalidante” hasta “la puesta a disposición de la indemnización”, fija un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
Esa forma de cálculo reemplazó a la que tomaba un interés igual a la promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina.
“Es una norma regresiva e inconstitucional”, acotó la AAAL, que lamentó la “aplicación retroactiva, en perjuicio de la persona que trabaja, estableciendo que las modificaciones se aplicarán en todos los casos, independientemente de la fecha de la primera manifestación invalidante” del subordinado.

Y advirtió que el decreto “ha transferido todo lo relacionado a la gestión de la salud y seguridad laboral a las ART, entidades privadas con fines de lucro cuya rentabilidad es financiera”.
Agregó que el decreto “tiene por único objeto garantizar el equilibrio del balance entre activo y pasivo de las ART” con “desconocimiento de los derechos humanos fundamentales en juego a la protección de la integridad psicofísica, el principio de indemnidad y la obligación de seguridad”.

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