Jueves 25 de Abril de 2024

SALUD

7 de septiembre de 2019

La Anmat prohibió dos mermeladas sin sal y una miel

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( Anmat) prohibió, con publicación en el Boletín Oficial, dos mermeladas sin sal, unas “cebollas dulces” y una miel.

Ambas mermeladas se hallaban en infracción por carecer de la autorización del producto y por consignar la leyenda Sin TACC, sin estar autorizados como tales. Por estos motivos resultaron estar falsamente rotuladas y ser, en consecuencia, ilegales. En tanto, el producto “cebollas dulces” no se encontró registrado y fue catalogado como producto “inexistente”.

El artículo 1 de la disposición 7169/2019, indicó: “Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de los productos: ‘Mermelada de ciruela sin sal, RNPA: 21-115454, marca: Flor de ceibo’, ‘Mermelada de durazno sin sal, RNPA: 21- 111570, marca Flor de ceibo’ y ‘Cebollas dulces, Expte.: 3865-2016, marca Flor de ceibo’”.


 
En cuanto a la miel, la Anmat decidió prohibir la comercialización en todo el territorio nacional, ya que “no cumple con la normativa alimentaria vigente”.

Según la disposición 7170/2019, el producto “miel pura de abejas, marca La Colina, RPPA Nº K 17002024, RPE Nº A 17000845”, carece de “autorizaciones de establecimiento y de producto”, y es en consecuencia “ilegal”.

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