Miércoles 17 de Abril de 2024

POLICIALES

29 de abril de 2019

Seducen a un hombre y luego lo asaltan: les homologaron penas de más de 5 años

Por un asalto ocurrido el 11 de septiembre de Comodoro Rivadavia, luego de que un hombre fuera seducido por una mujer que lo invitó a su casa, se realizó a fines de marzo último un juicio abreviado, que acaba de ser homologado por la Justicia, para los coimputados Juan Carlos García, Sebastián Celso Castro Flores y Luis Alberto Urra. Estos, asesorados por su defensora, admitieron en forma voluntaria su participación y responsabilidad en los delitos imputados.

También aceptaron recibir la pena de cinco años y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo en el caso de García, quien fue declarado reincidente por primera vez; de cinco años y siete meses para Castro Flores, también reincidente por primera vez y la de cinco años para Urra.

Finalmente el juez penal Martín Cosmaro homologó el acuerdo al que concluyeron las partes, donde el Ministerio Público Fiscal como parte acusadora estuvo representado por el fiscal general Julio Puentes y los funcionarios fiscales Andrea Serer y Facundo Oribones, Mientras, la defensa de los imputados fue ejercida por Cristina Sadino, defensora pública.

Los delitos juzgados ocurrieron el 11 de septiembre de 2018, alrededor de la 1.40 cuando la víctima recibió mensajes de texto de Jennifer Leguizamón quien lo citó a su domicilio en el asentamiento ubicado detrás del supermercado La Proveeduría de Yrigoyen al 1700.

A la arribar la víctima, Leguizamón comenzó a mandar mensajes e irrumpieron desde la puerta Castro Flores, Urra y García, todos ellos con pasamontañas y portando armas blancas tipo facas. García permaneció en la puerta mientras que Castro Flores y Urra se dirigieron a la víctima y lo redujeron ordenándole que se tirara al piso y que les entregara todo el dinero que tenía.

La víctima entregó una campera, un teléfono celular y dinero en efectivo. Sin embargo, luego de distraer a los asaltantes, logró salir corriendo del lugar buscando resguardo en la estación de servicio de Yrigoyen y Juan B. Justo, cuyos empleados llamaron a la policía.

Personal policial sorprendió a García y Castro Flores cuando salían de la vivienda, mientras que Leguizamón y Urra lograron escapar antes de la llegada de los efectivos.

El delito fue calificado jurídicamente como “robo doblemente agravado por haber sido cometido en poblado y en banda; y con el uso de arma, en concurso ideal en calidad de coautores”.

En el caso de Leguizamón fue condenada anteriormente por este delito y por otro legajo judicial a la pena de seis años de prisión de cumplimiento efectivo.

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