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JUDICIALES
26 de febrero de 2019
El exsecretario de Seguridad recibió una condena de 6 años de pisión al igual que exjefe de policía, en tanto el restante acusado exjefe de Policía, deberá ir a la cárcel por el término de 5 años y medio. Los exfuncionarios del gobierno de Alperovich fueron acusados por encubrimiento
Los jueces de la Sala III en lo Penal, Dante Ibáñez, Carlos Caramuti y Rafael Macoritto, beneficiaron con la absolución a Roberto Gómez, acusado por ser partícipe secundario en la privación ilegítima de la libertad y posterior asesinato de la joven.
"Los asesinos de Paulina siguen sueltos, caminando entre nosotros. Conforme voy a estar cuando los asesinos de Paulina, los encubridores y los que dieron falso testimonio, paguen lo que hicieron", afirmó Alberto Lebbos.
"No puedo decir que es un día de alegría y festejo porque hay gente que esta sufriendo mucho. Paulina no eligió ser víctima y la familia de los condenados tampoco los eligieron a ellos", añadió Lebbos.
A un día de cumplirse 13 años de la desaparición y posterior crimen de Paulina Lebbos, la lectura del veredicto comenzó poco antes de las 21 de este lunes, en la sede del Palacio de Tribunales, en un recinto que estaba repleto y bajo la atenta mirada del padre de la joven, Alberto Lebbos.
En primer término el tribunal dio lectura a la sentencia en la que condenaba a Eduardo Di Lella, que en marzo de 2006 estaba a cargo de la secretaría de Seguridad durante el gobierno de José Alperovich, actual senador nacional. Los jueces condenaron a Di Lella a 6 años de prisión por el encubrimiento real y falsificación de documento público. También fue inhabilitado por el término de 10 años a ejercer cargos públicos.
En igual sentido falló el tribunal para resolver la situación del exjefe de Policía, Hugo Sánchez. Por lo tanto, deberá guardar prisión por 6 años y no podrá cubrir cargos públicos por el plazo de 10 años. Mientras que Nicolás Barrera, por esos años el subjefe de la fuerza provincial fue condenado a prisión por 5 años y seis meses; además de inhabilitación para ocupar cargos públicos por 9 años.
Otro exfuncionario policial condenado por encubrimiento y falsificación de documento públicos, fue el exjefe de la Regional Norte, Héctor Brito. La pena fue fijada en 5 años de prisión y 8 años de inhabilitación para ocupar cargos públicos.
Al cierre del acto judicial, el tribunal decidió extender la prisión preventiva de Sánchez y además, dispuso la prisión preventiva para Di Lella, Barrera y Brito, por un año o hasta que quede firme la sentencia. Los que fueron esposados y retirados de la sala en forma inmediata.
Una pena más leve recibió Hugo Waldino Rodríguez, expolicía provincial, al ser condenado a tres años de prisión condicional por ser partícipe secundario por el delito de falsedad ideológica de instrumento público en perjuicio de la fe pública, de Leticia Victoria Lebbos y Alberto Luis Lebbos, hecho ocurrido entre los días 11 y 13 de marzo de 2006.
Rodríguez deberá cumplir por el plazo de cuatro años trabajos comunitarios, con 10 horas por semana en un establecimiento dedicado al bien público.
En la sentencia el tribunal también falló a favor de la familia Lebbos en la demanda civil, disponiendo que los condenados Di Lella, Sánchez, Barrera y Brito deberán hacer frente a una indemnización por $11.173.680 (once millones ciento setenta y tres mil seiscientos ochenta) comprensivos de los daños materiales y moral.
La lectura de los fundamentos de la setencia, tendrá lugar el próximo 13 de marzo, a las 12.30.
Más investigaciones por delante
El tribunal finalmente hizo lugar a una serie de investigaciones sobre otros exfuncionarios policiales y del hasta este lunes subjefe de la Policía, Francisco Picón. Precisamente, en horas de la tarde de este lunes había presentado su renuncia aduciendo cuestiones personales, tal vez presumiendo lo que finalmente sucedió.
Los jueces ordenaron al fiscal Diego López Avila que investigue a Picón por el posible comisión del delito de "incumplimiento de deberes de funcionarios públicos y falsificación ideológica de instrumento público", y/o de los delitos que pudieran surgir.
Serán objeto de nuevas investigaciones judiciales las siguientes personas:
- Sergio Kaleñuk, por la posible comisión comisión o intervención en la privación ilegítima de la libertad seguida de muerte de Paulina Alejandra Lebbos, y/o por del delito de “falso testimonio".
- Rodolfo Maruf, exjefe de la brigada policial D2; por la posible comisión de los delitos de “encubrimiento” y/o “incumplimiento de deberes de funcionarios públicos”.
- Fernando Vázquez Carranza, exabogado de Sánchez; por la posible comisión de los delitos de “encubrimiento” y/o de “falso testimonio”.
- César Soto, expareja de Paulina Lebbos; por la posible participación en el hecho de la privación de la libertad seguida de muerte y/o encubrimiento, y/o falso testimonio, y/o los delitos que surgieren.
- Virginia Mercado, amiga de la víctima; por la posible comisión del delito de “encubrimiento” y/o “falso testimonio”.
- Jimena Mercado, por la posible comisión del delito de “falso testimonio”.
- Lilia Moyano, ex Jefa del Laboratorio de Toxicología de la Policía de Tucumán; por la posible comisión del delito de “encubrimiento”.
- Juan Pedro Cruzado, remisero; por la posible comisión del delito de “encubrimiento” y/o “falso testimonio” y/o los que pudieron surgir en el curso de la investigación.
- Héctor Gustavo González, barra brava de Atlético Tucumán; por la posible comisión de los delitos de “encubrimiento” y/o de “falso testimonio”.
- Rubén Urueña, empresario; por la posible comisión de los delitos de “encubrimiento” y/o de “falso testimonio”.
- Alejandro José Aramayo; por la posible comisión del delito de “falso testimonio”.
En el apartado 39 de la sentencia el Tribunal ordenó "remitir copias de la presente Sentencia y de las actuaciones procesales pertinentes, a la Fiscalía de Instrucción en lo Penal a cargo de Diego Alejo López Ávila, a fin de que se investigue a todas las personas y funcionarios, de cualquier jerarquía, que intervinieron en la designación de los comisarios retirados Segundo Marcial Escobar, Alfredo Gerardo Jiménez y Luis Antonio Santana,como personal de gabinete en la Secretaría de Seguridad Ciudadana, mediante la ideación y sanción de los decretos n° 1.185/7 (MSC), 1.186/7 (MSC) y 1.183/7 (MSC), todos de fecha 26/04/2006, por la presunta comisión de los delitos de “encubrimiento” (art. 277 del CP), “falsedad ideológica” (art. 293 del CP), “abuso de autoridad” (art. 248 del CP) y/o los que pudieran surgir en el curso de la investigación".
Fuente Primera Fuente