Viernes 29 de Marzo de 2024

SALUD

25 de octubre de 2018

La Anmat prohibió un producto odontológico

Prohibió el uso, comercialización y distribución de un producto odontológico porque no había sido autorizado por el organismo y considera que no se puede asegurar que cumpla con los requisitos mínimos sanitarios.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, comercialización y distribución de un producto odontológico porque no había sido autorizado por el organismo.

Se trata de un producto médico “ASFER Industria Química Ltda.: /Sao Caetano do Sul-SP /Soda Clorada /Hipoclorito de Sodio Uso Odontológico / Altamente bactericida”.

A través de la Disposición 1023/2018 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Anmat indicó que “se trata de un producto no autorizado” por esa Administración y remarcó que la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS) “considera que no se puede asegurar que éste cumpla con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia de este tipo de producto médico”.

La decisión se adoptó a raíz de una inspección que realizó la DVS en el domicilio en la calle Bolívar N° 1512 de la localidad de Posadas, provincia de Misiones, sede de la firma “Prodent Insumos Odontológicos”.


 
“En dicho producto no se han observado datos del titular responsable en Argentina”, se indicó en los considerandos de la disposición, que agregó que no se hallaron “antecedentes de inscripción del producto objeto del presente, ni inicios de trámite bajo tales denominaciones”.

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