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23 de Noviembre de 2024
ECONOMIA
21 de octubre de 2016
Los interesados en “sincerar” el efectivo que tienen en el exterior podrán abrir sus cuentas hasta esa fecha. En tanto, el depósito de los fondos en las entidades bancarias tendrá como fecha tope el 21 de noviembre.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aceptará que los interesados en “sincerar” el efectivo que tienen en el exterior puedan abrir sus cuentas hasta el 31 de octubre, mientras que el depósito de los fondos en las entidades bancarias tendrá como fecha tope el 21 de noviembre.
La medida, que extiende de hecho por una semana el plazo para abrir este tipo de cuentas, será publicada el viernes en el Boletín Oficial, adelantó la AFIP a través de un comunicado de prensa.
La nueva norma dictada por la AFIP aclara que el 31 de octubre de 2016, inclusive, es la fecha límite para efectuar la apertura de las “Cuentas especiales –Ley Nº 27260- Régimen de Sinceramiento Fiscal” en una entidad financiera del país y obtener la CBU de cada una de ellas.
También establecerá que el 21 de noviembre, inclusive, será el vencimiento para efectuar el depósito en el banco en el que hayan sido abiertas dichas cuentas, para lo cual deberá contar con el comprobante emitido por la AFIP y, en su caso, la constancia de VEP pagado; ambos debidamente firmados por el declarante.
Los bancos habían pedido esta suerte de prórroga a la AFIP debido a la gran cantidad de cuentas que se abrieron a último momento para realizar esta operación.
Entonces hasta el 31 de octubre los interesados podrán abrir sus cuentas donde depositar el efectivo que tienen en el exterior, con el solo pago de un 10% de penalidad.