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La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la medida cautelar que suspendió el aumento de tarifas de electricidad en la provincia de Buenos Aires.

En contra de lo dictaminado por la Procuradora General de la Nación Alejandra Gils Carbó, la Corte Suprema dejó sin efecto la medida provisoria dictada por la Sala II de la Cámara Federal de La Plata.

Para el máximo tribunal de la Nación, quienes formularon el pedido concedido por la Cámara “carecen de legitimación” para actuar en nombre de todos los usuarios bonaerenses. La demanda fue presentada por un grupo de diputados bonaerenses, el secretario general de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires y el Partido Justicialista de ese distrito.

La Corte Suprema dispuso, además, que una presentación del Club Social y Deportivo "12 de octubre", que adhirió a esa demanda, vuelva a primera instancia para que se compruebe si esa institución representa a alguna categoría determinada de clubes de barrio o clase.

A diferencia del expediente sobre el aumento de la tarifa del gas, en el que la Corte lo anuló para usuarios residenciales de todo el país, en el caso de la electricidad se trata de una acción de amparo con alcance provincial.

Las diferencias entre las causas por el aumento en el gas y la electricidad fueron destacadas por allegados al Ministerio Público Fiscal, quienes indicaron que en el primer caso, cuando se expidió sobre la “cuestión de fondo”, la Corte marcó en el incumplimiento del requisito constitucional de la “audiencia pública” previa.

Agregaron que “en el caso ‘Abarca’ –el de los legisladores bonaerenses- la Sala II de la Cámara Federal de La Plata –el mismo tribunal que había suspendido el aumento del gas- “aún no dictó sentencia definitiva”.

El fallo sobre la suspensión del aumento de la electricidad, unánime, fue firmado esta mañana luego de que, unas horas antes, la Corte recibiera el dictamen de Gils Carbó, quien opinó a favor del confirmar las medidas cautelares que suspendieron el aumento tarifario.

Para justificar la vigencia de las medidas provisorias, cuyo tratamiento por parte de la Corte es excepcional, la Procuradora había destacado que el plazo por que fueron dictadas –tres meses- vence en octubre.